Cambio de ONP a AFP: ¿Qué pasa con mis aportes hechos?
En Perú existen dos regímenes de pensiones a los que todos cotizan para asegurar su estabilidad económica en la vejez. Uno de ellos, la Oficina de Normalización Previsional (ONP), que es un organismo estatal. El otro es un grupo denominado Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que agrupa a cuatro instituciones privadas.
Pasar los aportes de jubilación de una administradora a otra, es decir, un cambio de ONP a AFP, implica una serie de pasos para que el proceso sea exitoso, ya que hay que tener en cuenta la cantidad de nuestros aportes para que la migración nos beneficie. Así, es determinante que en Perú sepamos todos sobre los fondos de pensiones, la solicitud y los puntos a favor que podamos encontrar al momento de tomar la decisión sobre nuestro futuro.
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¿Qué pasa con mis aportes si me cambio?
En teoría, podrías perderlos todos, pero existe un medio para evitarlo, y sólo puedes utilizarlo si cumples con los requisitos. Se denomina Bono de Reconocimiento y es un documento que emite la ONP para reconocer todos tus aportes al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
El Bono de Reconocimiento es una certificación otorgada por la Oficina de Normalización Previsional que reconoce sus aportes al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) realizados antes de afiliarte a una AFP (SPP).
Puedes acceder a uno de los distintos Bonos de Reconocimiento si realizaste aportes al SNP antes de afiliarte al SPP y cumples con los requisitos.
¿Qué debo tener en cuenta antes de trasladar mis fondos de la ONP a la AFP?
Ten en cuenta lo siguiente al realizar el traspaso de la ONP a la AFP:
- Solicita asistencia para determinar si tienes derecho a un Bono (reconocimiento de aportes).
- Compara el monto de la pensión que recibirías en la AFP con la pensión que recibirías en la ONP.
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Tipos de bonos
Podrás acceder a parte de los Bonos de Reconocimiento disponibles si cotizaste al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) antes de afiliarte al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
- Bono 1992: Haber ingresado al Sistema Privado de Pensiones y estar afiliado al Sistema Nacional de Pensiones antes del 6 de diciembre de 1992 (SPP). Haber cotizado al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) al menos 48 meses durante los diez años comprendidos entre el 12 de junio de 1982 y el 12 de mayo de 1992.
- Bonificación 1996: Del 6 de noviembre de 1996 al 31 de diciembre de 1997, haber estado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones y posteriormente al Sistema Privado. Cotizado al menos 48 meses durante los diez años comprendidos entre el 1 de enero de 1987 y el 31 de diciembre de 1996.
- Bonificación 2001: Empleados que se afiliaron al Sistema Nacional de Pensiones antes de pasar al Sistema Privado de Pensiones. Las cotizaciones deben haberse efectuado al SNP durante al menos 48 meses en el transcurso de los diez años anteriores, del 1 de enero de 1992 al 31 de diciembre de 2001.
- Bono 20530: De acuerdo con el artículo 9 del Decreto Legislativo 817, Ley del Sistema de Pensiones a cargo del Estado, esta bonificación se otorga a los afiliados a dicho sistema que ingresaron al SPP a partir del 24 de abril de 1996.
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