Calcula el reparto de utilidades si eres trabajador o empleador

Si eres parte de una empresa como trabajador o eres el empleador, debes saber las condiciones que aplican en el...

Si eres parte de una empresa como trabajador o eres el empleador, debes saber las condiciones que aplican en el reparto de utilidades.

Los trabajadores que pueden gozar de este beneficio de ley, contemplado en el artículo 29 de la constitución, son los que prestan servicios a entidades de la actividad privada, generadoras de rentas de tercera categoría y con más de 20 trabajadores en su planilla.

Es decir que todos los trabajadores de tiempo completo, tiempo parcial, con contrato fijo o contrato a plazo indeterminado, están en el derecho de recibir utilidades.

Cómo calcular el reparto de utilidades

Con lo establecido en el decreto Legislativo 892, según del tipo de empresa, las utilidades se calculan en base a  estos porcentajes:

10% Empresas pesqueras de telecomunicaciones e industriales.

8% empresas mineras empresas de comercio por mayor por menor y restaurantes

5% empresas que realizan otras actividades.

Para calcularlo se repartirá el monto en dos mitades.

El primer 50% deberás dividirlo entre la suma de todos los días trabajados por los trabajadores en el año. Luego este resultado se multiplicará por el número de días laborados de cada uno.

Para el segundo 50% se deberá dividir el monto de las utilidades que se hayan obtenido según el porcentaje correspondiente a la suma total de las remuneraciones de los empleados en el año. Este valor deberá multiplicarse por todas las remuneraciones de cada empleado, que se calculan según los días laborados.

Luego, ambos montos se suman y es lo que le toca a cada trabajador.

¿Cuándo se pagan?

El 30 de abril es el último día que las empresas tienen para presentar la declaración jurada anual del impuesto de la renta, después de ahí empieza a correr el plazo hasta el 30 de mayo. Al incumplirlo generará intereses para la empresa, además de correr el riesgo de una multa.



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