Qué saber sobre la exoneración de pago de autovalúo al adulto mayor 2024
Si eres dueño de una propiedad en Perú y aún no sabes sobre tus obligaciones tributarias o de la exoneración de pago de autovalúo, debes hacerlo para evitar sanciones. El impuesto predial se cancela cada año de acuerdo con la legislación estimando el valor de tus propiedades. Cuando hablamos de pagos de impuesto municipal nos referimos sobre el que grava el valor de los inmuebles, tanto urbanos como rurales, pero hay una manera en la que se evita mediante la inafectación, a través de una solicitud de exoneración de pago de autovalúo al adulto mayor 2024. Las modalidades a las que se puede acceder a la cancelación de esta carga podrán consultarse en el distrito correspondiente.
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El valor de este impuesto se determina aplicando la escala acumulativa progresiva que se muestra a continuación al valor total de sus propiedades.
En casos severos, la falta de pago del impuesto predial puede resultar en que el municipio inicie una acción judicial de cobro, que puede resultar en la confiscación de activos, cuentas bancarias o la propiedad misma. Los municipios ofrecen opciones plausibles de distribución de la deuda.
La declaración de impuestos especifica las características físicas de la propiedad o propiedades. Estos son las superficies de terreno, acabados, instalaciones, antigüedad de la construcción y metros cuadrados. El sistema utiliza estos datos para completar una autoevaluación aplicando tarifas de construcción y costos unitarios.
Descuento o exoneración de pago de autovalúo en el impuesto predial para el adulto mayor
Al dar cuenta del impuesto predial anual, la CCL, viene dando a conocer los beneficios del impuesto predial que tienen los jubilados y adultos mayores. Cabe señalar que los jubilados y los adultos mayores no están completamente exentos del pago de impuestos sobre la propiedad.
TODO LO QUE TIENES QUE SABER SOBRE EL IMPUESTO DE ALCABALA
De acuerdo a la Ley 30490 (21-07-2016) – Ley de la Persona Adulta Mayor (60 años o más), aunque no sea pensionado, que posea un solo inmueble (a nombre propio o de la sociedad conyugal) que se destine a vivienda del mismo y cuyos ingresos brutos no excedan de una UIT mensual, tiene derecho a reducir del autovalúo (valor del predio para el pago del impuesto) el monto equivalente a 50 UIT, vigente desde el 1 de enero de 2017.
Del mismo modo, de acuerdo con la Ley de Tributación Municipal, los jubilados que posean un solo inmueble a nombre propio o a nombre de la sociedad conyugal que tenga por objeto una vivienda y cuya pensión no exceda de 1 UIT, son elegibles para un descuento. En esta ocasión, deberás restar 50 UIT del autovalúo y pagar el impuesto predial extra, si corresponde.
Para obtener el beneficio (una reducción de 50 UIT del autovalúo), tanto el jubilado como el adulto mayor deben demostrar de primera mano y ante el municipio que cumplen con las condiciones. Se trata de una solicitud de reducción no contenciosa relacionada con la determinación de la obligación tributaria – art. 162 del Código Tributario.
El goce de este beneficio es automático para todos los contribuyentes que cumplan con las condiciones de la norma, según la Res. 1779-7-2018, de observancia obligatoria, reconocida por el Tribunal Fiscal, sin necesidad de resolución administrativa municipal.