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¿Qué es la unión de hecho para convivientes?

En el Perú, las parejas convivientes son reconocidas y protegidas por las leyes y su Constitución. Esta figura es llamada...

En el Perú, las parejas convivientes son reconocidas y protegidas por las leyes y su Constitución. Esta figura es llamada unión de hecho, y otorga a los convivientes sujeción al régimen de sociedad de gananciales. Si quieres conocer en qué consiste la unión de hecho para los convivientes, continúa leyendo este artículo.

¿Qué es la unión de hecho?

La unión de hecho es una figura jurídica que ampara a convivientes que la adoptan. Es una especie de matrimonio informal, donde la filiación se obtiene mediante el reconocimiento mutuo de la pareja.

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Las leyes peruanas reconocen a esta filiación como una sociedad de gananciales que está regulada por el matrimonio. Para ello, la convivencia debe estar reconocida por la pareja, en la vía notarial o judicial. Los únicos requisitos exigidos para contraer una unión de hecho son:

  • La pareja está conformada por varón y mujer, es decir, aún no pueden optar a ella parejas del mismo sexo.
  • Ambos miembros de la pareja deben estar libres de impedimento matrimonial; es decir, no pueden estar casados.

¿Cuáles son las ventajas?

Al inscribir una unión de hecho la pareja está obligada a definir la fecha de inicio de la relación. Luego, si ocurre el desenlace de la misma, es fácil determinar qué patrimonios pertenecen a la unión y cuáles no. El patrimonio obtenido previamente a la unión se preserva en favor de sus propietarios, y no se considera parte de la sociedad.

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Como ejemplo, supón que antes de la unión de hecho, eres dueño de un apartamento, y tu pareja, de una casa. Luego de declarar la unión de hecho, adquieren un local comercial, para comenzar un negocio familiar. En este caso, si deciden poner fin a la unión de hecho, ocurriría lo siguiente:

  • Tú conservas tu apartamento, ya que nunca dejó ser parte de tu propiedad.
  • Tu expareja conserva su casa, nunca dejó de ser propietaria de la misma.
  • Hay que llegar a un acuerdo de repartición del local comercial, ya que la propiedad es compartida. Y tal como ocurre en el matrimonio, es a partes iguales.

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