¿Cómo solicitar un préstamo con garantía hipotecaria de los aires?
Si posees el derecho de realizar una ampliación vertical en tu bien inmueble, puedes usar la misma como aval de un préstamo. En el presente artículo te indico cómo solicitar un préstamo con garantía hipotecaria de los aires.
¿Qué son los aires de un inmueble?
Como bien conoces, en muchas oportunidades, en las viviendas unifamiliares y multifamiliares (edificios), la losa de techo es horizontal. Y en ocasiones esta área es usada para ampliar la vivienda, generando una nueva planta.
Los aires se refieren justo al derecho de ampliación vertical que poseen algunas edificaciones, en su nivel superior, al que comúnmente denominamos azotea. Cabe destacar que hay algunos juristas peruanos que señalan que es incorrecto emplear dicho término para indicar el señalado derecho. Pero lo cierto es que así es como lo denominan las instituciones financieras, que otorgan préstamos sobre dicho derecho.
¿Cuándo una azotea genera un derecho de aire?
Debes saber que el hecho que exista una azotea en una propiedad, no implica que el propietario de dicho bien inmueble posea un derecho de aire. Esto ocurre solo en los siguientes casos:
- La estructura y los cimientos de la edificación, tienen la capacidad de soportar las acciones que genera una ampliación vertical. Por ello, es necesario la evaluación de un ingeniero civil, quien debe señalar si la ampliación es o no factible.
- Las ordenanzas de construcción locales admiten un incremento de la altura de la edificación.
- En el caso de las edificaciones de varios niveles, cuándo el propietario de la última planta posee el derecho de los aires. Es decir, en el respectivo contrato de compraventa, se debe haber especificado explícitamente que la azotea es de su propiedad. En caso contrario, la azotea se considera un bien colectivo de todos los propietarios del inmueble.
¿Cómo solicitar un préstamo con garantía hipotecaria de los aires?
El procedimiento a seguir en el caso de aires no se diferencia al que debes emplear para el caso de bienes inmuebles. La única diferencia es que debes presentar la siguiente información técnica:
- Reglamento interno de propiedad horizontal.
- Parámetros urbanísticos permitidos por la respectiva municipalidad.
- Valoración comercial del aire.