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¿Qué pasa con créditos hipotecarios de una persona fallecida?

Pensar en los créditos hipotecarios de una persona fallecida, a pesar del difícil trance que se vive cuando un familiar...

Pensar en los créditos hipotecarios de una persona fallecida, a pesar del difícil trance que se vive cuando un familiar fallece, es indispensable.

Ya que para atender los diversos trámites que la ley exige, así como proyectos inconclusos o las deudas que no se liquidaron, se requiere conocer bien la situación actual, incluso por encima del dolor.

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¿Qué sucede con los créditos hipotecarios de una persona fallecida? Para entender más sobre el caso de los créditos hipotecarios de una persona fallecida, hay que tomar en cuenta que las deudas no desaparecen pero tampoco se heredan.

Todo esto depende del tipo de crédito que se haya contratado y con qué institución financiera.

Los créditos hipotecarios cuentan con un seguro de vida que cubre la deuda y libera a los beneficiarios de las obligaciones contraídas por el deudor.

Esto siempre que los pagos de las mensualidades se encuentren al corriente al momento del fallecimiento.

Lo primero que se debe realizar con créditos hipotecarios de una persona fallecida

  • Es averiguar si el difunto dejó deudas pendientes a los sistemas bancarios o al estado.
  • Para esto, se debe solicitar la partida de defunción del fallecido y comunicarse con la SBS para cerciorarse sí existe alguna cuenta con un banco.

En el caso de los créditos hipotecarios de una persona fallecida

Esto según es señalado en el Código Civil, en la parte de sucesiones, desde el artículo 871 al 880.

Sin embargo, se debe saber que el banco solamente puede cobrar la sucesión desde la herencia que dejo el fallecido y no de sus bienes personales.

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La única excepción es a menos que los familiares hayan sido garantes del fallecido.

De ser así esto lleva a que el garante si deberá asumir la totalidad de la deuda.

Pero para evitar los inconvenientes en tan complicadas situaciones:

  • Tienes que conocer que la mayoría de los bancos y cajas municipales previniendo esta contingencia cuenta con los seguros desgravamen.

Estos son quienes eximen a los herederos de pagar el saldo del crédito hipotecario solicitado, según lo informa la SBS en su portal web.

Este seguro es activado siempre y cuando el fallecido haya estado al día con cada uno de sus pagos, ya que en casos de atrasos en los pagos estos deben ser cancelados sin excusas.

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