¿Qué es la cuenta de CTS?

Todo trabajador en Perú debe estar enterado de que es la cuenta de CTS, (Compensación por tiempo de servicios). Para...

Todo trabajador en Perú debe estar enterado de que es la cuenta de CTS, (Compensación por tiempo de servicios). Para poder beneficiarse de este bono que ofrece el empleador a sus trabajadores con más de un mes en planilla de la empresa.

Como en todo beneficio, también existen condiciones para poder aprovechar en tiempos de desempleo a razón de la terminación laboral. Es una remuneración más un sexto, de gratificaciones legales por cada año trabajado.

Por ejemplo, se puede realizar la operación si se multiplica el sueldo de un mes por el (x 1.17). Por su puesto, no debe haber variación de sueldo durante el año laborado. La cantidad resultante se divide en dos pagos, que se abonan a la cuenta del trabajador en los meses de mayo y noviembre.

Disponibilidad de saldo de la cuenta de CTS

Según el comentario anterior se puede disponer del total del saldo cuando la relación laboral se haya terminado en causas normales. De otra manera solo puede haber retiros de dinero de la cuenta CTS, si hay más de cuatro sueldos en el saldo.

Para el retiro del excedente, el trabajador debe informar al empleador. Este tiene tres días para enviar por escrito una carta a la entidad financiera. Si la entidad financiera recibió la solicitud, el trabajador podrá acercarse a realizar el retiro del dinero. Para ello, debe presentar su DNI y la tarjeta débito del banco.

De otro lado, también es importante que la apertura de la cuenta de CTS, se realice en la entidad financiera que mejor pague intereses. Y esta entidad bancaria puede ser escogida por el trabajador.

Casos en que retienen la cuenta CTS

  • En primer lugar, se puede dar la retención del dinero de la cuenta de CTS. Cuando el trabajador es retirado por causas que afectan en forma económica a la empresa donde labora y por lo tanto es demandado.
  • El segundo caso, sucede cuando el trabajador retirado causa daños o perjuicios al empleador. Y lo hace durante los siguientes treinta (30) días después del despido.

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