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Casarse con bienes separados o mancomunados

El matrimonio no es solo un acto de unión afectivo entre la pareja. También implica el establecimiento de una sociedad...

El matrimonio no es solo un acto de unión afectivo entre la pareja. También implica el establecimiento de una sociedad de intereses económicos y pecuniarios. Para que analices dicha unión desde esta óptica ¿Qué es mejor, casarse con bienes separados o mancomunados?

¿Qué es el régimen patrimonial en el matrimonio?

Casarse con bienes separados o mancomunados es un tema importante en pareja, ya que regula cómo será la dinámica de la sociedad conyugal sobre el régimen patrimonial al momento de unir la vida de dos personas en matrimonio y, de esa manera, marcar el camino hacia el futuro, inclusive cuando la relación termine por un proceso de divorcio y hasta determina otros puntos como la herencia o manejo de las deudas, a través de créditos o préstamos con garantía hipotecaria, inclusive.

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¿Qué son bienes separados y bienes mancomunados?

Los vocablos bienes separados y bienes mancomunados son dos formas comunes de referirse a diferentes tipos de régimen patrimoniales del matrimonio.  El primero es usado para referirse al régimen de separación de patrimonios, y el segundo, al régimen de sociedad de gananciales. Las principales características de estos son:

Régimen de separación de patrimonios

  • Cada integrante del matrimonio conserva íntegramente la propiedad, administración y disposición de sus bienes actuales y futuros.  Así como los frutos y productos de los mismos.
  • Cada cónyuge es exclusivo garante de las deudas de carácter individual, que contrae durante el matrimonio. Así mismo, responde con su patrimonio propio a demandas y otras acciones legales que impliquen el embargo de capital y/o bienes.

¿EN QUÉ CONSISTE LA UNIÓN DE HECHO PARA CONVIVIENTES?

Régimen de sociedad de gananciales

  • Cada integrante del matrimonio conserva íntegramente la propiedad, administración y disposición de sus bienes actuales.  Sin embargo, sus frutos y derivados pasan a ser parte del capital social del matrimonio.
  • Los bienes adquiridos durante el matrimonio son de propiedad conjunta de los cónyuges en partes iguales.
  • Ambos cónyuges son garantes de las deudas de carácter individual o conyugal contraídas durante el matrimonio. A su vez, responden con su patrimonio propio y común a demandas y otras acciones legales que impliquen el embargo de capital y/o bienes.

¿Qué consideraciones debo tener al elegir un régimen patrimonial?

Primero que nada debes tener en cuenta que la decisión de cual régimen tomar debes realizarla en consenso con tu pareja. Solo ustedes pueden determinar si, en su caso particular,  les conviene elegir bienes separados o mancomunados, sin embargo, ten en cuenta estos aspectos en dicho momento.

  • Si se trata de una pareja joven, donde ninguno tiene propiedades actualmente, es mejor y más justa la opción de bienes mancomunados. Así ahorras el tiempo y dinero que implica registrar el régimen de separación de bienes.
  • Si tú y/o tu pareja ejercen actividades con riesgo de demanda por mala praxis profesional, la separación de bienes puede proteger el patrimonio.  En caso de embargo, los bienes de la pareja no embargada, estarán a salvo. 

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3 respuestas a “Casarse con bienes separados o mancomunados”

  1. HOLA, adquirí un departamento con crédito hipotecario mi vivienda de soltera hace 5 años, estoy casada hace 4 años y hemos ido pagando el crédito hasta este año que por problemas económicos hemos dejado de pagar y hemos decidido vender el departamento. Mi pregunta es; si ya tenemos un comprador, se necesita la firma de mi esposo o solo yo lo puedo vender ? ya que todos los papeles en la sunarp y municipalidad e impuestos, todo sale con mi nombre, pero no sabemos q tramites debemos realizar para poder venderlo, mi esposo (con quien no tengo ningún problema ni tampoco nos divorciaremos ni nada) esta totalmente dispuesto en firmar alguna autorización de venta. Por favor serian tan amables de poder darnos alguna información de ello. muchas gracias.

    • Hola Diana,

      En este caso, dado que el inmueble fue comprado antes del matrimonio no son parte de la sociedad conyugal. Él no tendría que participar principalmente en el contrato de compra-venta.

      Pide la liquidación del crédito al banco para que sepas cuánto de la venta irá al banco y cuánto irá para ti. El proceso de venta empieza en con una minuta de compra-venta y se firman los documentos en notaria.

  2. Buenas, quisiera consultar sobre un predio que tiene mi pareja (convivimos hace 6 años y tenemos 2 hijos en común) él compró (con ayuda mía y está a nombre de él por un tema familiar ya que la compra fue a un familiar de él) un terreno hace 2 años (dentro de la convivencia) queremos hipotecarla para seguir construyendo y nos queremos casar, si fuera x bienes mancomunados, se me adjudicaría a ese predio como coopropietaria? Se toma en cuenta el tiempo de convivencia? Cómo sería en ese caso? Muchas gracias por su respuesta!

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