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Compra de deuda hipotecaria para créditos Mivivienda

Frecuentemente nuestros usuarios nos solicitan información referente a la compra de deuda hipotecaria para créditos Mivivienda. En el presente artículo...

Frecuentemente nuestros usuarios nos solicitan información referente a la compra de deuda hipotecaria para créditos Mivivienda. En el presente artículo procedo a aclarar las dudas más comunes que se presentan en dicho caso.

1.- ¿Puedo hacer una compra de deuda hipotecaria para créditos Mivivienda?

Sí puedes, no hay impedimento para realizar una compra de deuda, ya de existir alguno, ello implicaría que no podrías ejercer uno de tus derechos.

Las leyes y reglamentos vigentes establecen que los ciudadanos peruanos gozan del derecho de cambiar sus hipotecas. Y la compra de deuda hipotecaria implica justo una permuta de hipoteca, por lo que no permitir esa operación sería una violación del citado  derecho.

2.- ¿Pierdo el bono Mivivienda en la compra de deuda hipotecaria?

Que pierdas o conserves el bono del fondo Mivivienda va a depender de las condiciones bajo las cuales reci iste dicho crédito.

Si tu crédito fue otorgado antes de octubre de 2015, el mismo contiene una cláusula de penalidad, que implica la pérdida del bono por pago anticipado. Y como en la compra de deuda ocurre el pago anticipado de la deuda original, ello implica que perderás parte del mismo si acudes a esta opción.

Para los créditos otorgados desde octubre de 2015 no existe dicha penalización, por lo que no ocurre la pérdida del respectivo bono.

3.- ¿Debo costear de nuevo los gastos notariales y registrales?

En principio si debes costearlo, a menos que la institución que compra la deuda tenga alguna promoción que te libere de dichos gastos.

Algunos usuarios nos preguntan cuál es la razón por la cual se requiere realizar de nuevo las operaciones de registro y notariado. Esta es que en la compra de deuda, la hipoteca  cambia a nombre de otra institución, por lo que es necesario sustituir las escrituras originales.

4.- ¿Debo costear de nuevo el seguro de desgravamen?

La respuesta es que sí,  debes cancelar de nuevo el mencionado seguro.

La razón de ello es que el seguro de la hipoteca original muestra como beneficiario a la institución financiera que en principio te otorgó el préstamo. Ello obliga a desechar al anterior seguro, y generar uno nuevo donde aparezca como beneficiada la institución que compra la deuda.

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