¿Se puede tomar vacaciones de los pagos hipotecarios?

Como bien es sabido, el necesario cumplir rigorosamente con el pago de las cuotas mensuales de los préstamos hipotecarios. Entonces,...

Como bien es sabido, el necesario cumplir rigorosamente con el pago de las cuotas mensuales de los préstamos hipotecarios. Entonces, ¿qué ocurre cuando por una situación sobrevenida, no tienes la capacidad de cancelar una cuota? ¿Acaso se puede tomar vacaciones de los pagos hipotecarios? A continuación te respondo esta interrogante.

¿Qué es el diferimiento del pago de una hipoteca?

El diferimiento del pago de una hipoteca, es la oportunidad que te brinda el acreedor de tu deuda hipotecaria de postergar el pago de una cuota de la misma, sin que ello te coloque en situación de mora. Como bien lo indica el título de este artículo, es similar a que te de la oportunidad de tomar un mes de vacaciones en tus pagos.

Son dos las principales causas que llevan a los ciudadanos a solicitar vacaciones de los pagos hipotecarios:

  • Por alguna razón sobrevenida, no se dispone de capital requerido para realizar el pago. Por ejemplo, cuando ocurre un despido súbito.
  • Ha ocurrido algún evento particular, que implica el reacomodo del crédito. Suele pasar cuando acontece un divorcio, o la muerte de uno de los asociados en un crédito hipotecario mancomunado.

Ten presente que el definimiento de un pago no es una opción viable cuando tienes problemas financieros graves o de mediano plazo. En tal caso, es recomendable que evalúes la opción de acudir a una compra de deuda hipotecaria.

¿Cuándo se puede tomar vacaciones de los pagos hipotecarios?

Solo puedes diferir tus pagos si las condiciones del contrato de la hipoteca te conceden este derecho, y siempre bajo los lineamientos dados por las mismas. En otras palabras, si tu contrato no estipula el diferimiento de pago, no puedes solicitarlo.

Existen varios tipos de diferimiento de pagos:

  • Meses de gracia: es una modalidad que te permite pagar el primer dividendo en una fecha posterior al primer vencimiento. Se aplica solo al inicio del cronograma de pago.
  • Meses de no pago: es la opción de diferir el pago por una cantidad de meses, generalmente no consecutivos, a lo largo del cronograma de pagos.

Considera que tanto una como otra opción significa un aumento en el costo del préstamo, ya que se acumulan los intereses del dividendo no cancelado. Por ello, solo debes emplearlas cuando sea estrictamente necesario.

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