¿Aplica la deducibilidad de intereses a los créditos de liquidez?

Si tú eres una de las personas que se encuentra pagando una hipoteca y has decidido presentar una declaración anual...

Si tú eres una de las personas que se encuentra pagando una hipoteca y has decidido presentar una declaración anual de impuestos en el Servicio de Administración Tributaria (por sus siglas SAT) no debes olvidar agregar el monto de los intereses reales que has pagado en las mensualidades de tu hipoteca durante el año de ejercicio (el año pasado generalmente).

Entonces, la respuesta es sí, todos los intereses reales de la hipoteca serán deducibles de impuestos. Esto se justifica en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), la cual en su artículo 151 establece que los intereses reales son la única parte del pago de la hipoteca que es deducible de impuesto.

¡Ojo! Solo serán deducibles los intereses pagados durante el año que corresponde al ejercicio fiscal. Es decir, si presentarás tu declaración el próximo mes de abril de 2020. En ella solo podrás incluir los intereses que pagaste durante el año 2019. Años anteriores no aplican.

¿En que casos no aplica la deducibilidad de intereses a los créditos de liquidez?

Aunque la deducción de los intereses del crédito hipotecario es una gran noticia, no todo es color rosa y aquí vienen los peros.

Al leer este artículo seguramente ya notaste e incluso te preguntaste por qué se habla de intereses “reales”. Pues bien, este interés se obtiene de restar la inflación a la tasa de interés de tu crédito.

Es decir, si tiene un crédito con una tasa de interés del 12% y se espera que al final de este año (2019) la tasa de inflación sea del 4%. La resta de ambas (8%) será el porcentaje de los intereses que puedes deducir.

Ahora bien, para lograr que está deducción sea efectiva deberás llevar contigo un comprobante fiscal de la institución donde contrataste tu hipoteca que incluya el monto al que asciende el interés real que has pagado durante todo el periodo que comprenderá tu declaración.

Por otro lado, la misma ley establece que solo podrás deducir si tu crédito no excede un monto de 750 mil UDIs (de 4 a 5 millones de pesos).

Si este límite es rebasado, la tasa de interés real que puedes deducir disminuirá su valor del mismo modo que el excedente del monto total del crédito.

Es decir, si tu crédito es de 800 mil UDIs el excedente (50 mil UDIs) disminuirán la cantidad de intereses que puedes deducir.

También deberás tener en cuenta que hay un límite en la cantidad monetaria que puedes deducir. Por lo cual, a pesar de que hayas pagado una gran cantidad de intereses por tu hipoteca, si tienes otras deducciones personales, ya no aplicará.

Si tienes duda o quieres conocer más acerca de los créditos hipotecarios y la deducción de intereses te invitamos a que contactes con uno de nuestros asesores.

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