Deducciones de impuesto de renta para trabajadores e independientes


En México, los trabajadores dependientes e independientes tenemos la posibilidad de presentar ciertos gastos para deducirlos del impuesto de renta. ¿Cuáles son las deducciones de impuesto de renta para trabajadores?
ISR
El Impuesto sobre la Renta (ISR) en México es un impuesto directo sobre la ganancia obtenida; es decir, por la diferencia entre el ingreso y las deducciones autorizadas obtenido en el ejercicio fiscal. Este impuesto debe ser pagado de manera mensual (a cuenta del impuesto anual) al Servicio de Administración Tributaria, o a las Oficinas Autorizadas por las Entidades Federativas según lo marque la Ley y la normatividad en Materia de Coordinación Fiscal entre la Federación y las Entidades Federativas.
El Impuesto sobre la Renta es uno de los más controvertidos impuestos aplicado en México y en muchos países, dado que grava directamente al ingreso.
Tanto las personas físicas como morales deberán únicamente abonar este impuesto si poseen ingresos, en cualquiera de las siguientes categorías:
- Salarios percibidos por servicio subordinado
- Actividades profesionales
- Arrendamiento o uso de bienes inmuebles
- Intereses obtenidos
- Premios obtenidos
- Dividendos y ganancias repartidos por personas morales
- Enajenación de bienes
El alcance de la deducción de impuestos
El alcance de la norma es ésta:
Al proponer al declarante reducir el valor del impuesto de renta vía deducciones, siempre y cuando presente comprobantes electrónicos, en realidad, está pidiendo que las personas exijan factura a los médicos, odontólogos, consultores, ingenieros, hoteles, bares y restaurantes.
¿Para qué? Para formalizar la economía. Si tú pides factura, ese ingreso queda automáticamente en lista para ser declarado. Los negocios deberán organizarse para facturar electrónicamente. La elusión y la evasión serán cada vez menores.
¿Cuáles son los gastos que puedes presentar como deducibles en el impuesto de renta?
- Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
- Honorarios a enfermeras.
- Análisis, estudios clínicos.
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
- Prótesis.
- Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
- Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
- Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):
- Transporte escolar, sólo si es obligatorio.
- Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
- Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
- Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
- Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
- El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.