¿Cómo obtener información sobre un inmueble?

En México no existe información sobre el historial de inmuebles de los cuales ha sido propietaria una persona. Lo que...

En México no existe información sobre el historial de inmuebles de los cuales ha sido propietaria una persona. Lo que hay es el acervo de una propiedad en donde se cosigna quiénes han sido los dueños de un inmueble específico. Es al revés.

Investigar la historia de una propiedad es algo que se puede hacer en casa con el simple uso de tu computadora o con la ayuda de una agencia de bienes raíces. 

¿Qué es la Nota Simple?

Este formulario – Nota Simple- contiene toda la información del inmueble para poder determinar lo que se conoce como “autoavalúo o valor del bien. 

En este documento se detalla lo siguiente:

Mudar hipoteca (pagar menos hipoteca)
    • Identificación del bien (dirección, estado, condiciones de propiedad, fecha de adquisición, uso del precio).
    • Las características del inmueble en cuanto a pisos, techos, revestimientos, puertas y ventanas, baños, etc. De acuerdo con el tipo de acabados, se determinará el valor por metro cuadrado. Cada municipalidad tiene un cuadro con los valores oficiales por tipo de acabados.
    • La antigüedad, el nivel o piso, los materiales de construcción y el estado de conservación arrojan otra cifra: el porcentaje de depreciación. El valor se basa en las tablas de depreciación incorporadas en las Tablas de Depreciación por Antigüedad y Estado de Conservación.
    • Anualmente la Dirección General de Catastro determina el plano arancelario para poder calcular el valor del terreno.

¿Dónde puedes obtener información de un inmueble?

Cualquier persona puede acceder a la información catastral que no contenga datos protegidos: como localización del inmueble, referencia catastral, superficie, etc. Sólo el titular catastral y las personas o entidades autorizadas pueden acceder a los datos protegidos (nombre, apellidos, código de identificación, etc.). Y la información puede obtenerse en la Sede Electrónica del Catastro, en las Gerencias y Subgerencias del Catastro (oficinas territoriales) y en los Puntos de Información Catastral (oficinas autorizadas por la Dirección General del Catastro en distintas Organizaciones Públicas e Instituciones, fundamentalmente en Ayuntamientos).

No hay un tratamiento homogéneo e integral de los datos que manejan uno y otro organismo. Así, por ejemplo, el Registro utiliza una cartografía distinta de la catastral, de modo que a menudo es difícil saber cuándo una finca resgistral y una parcela catastral son la misma realidad. Esta situación, recuerda el Gobierno, favorece que haya fincas inscritas varias veces, que algunas invadan el dominio público o que se dificulte la detección de construcciones ilegales. Y es por esto por lo que se ha dado luz verde a este anteproyecto de ley de reforma de la ley Hipotecaria y de la ley del Catastro.

 

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