¿Qué Sucede con los Créditos Hipotecarios de una Persona Fallecida?
Pensar en los Créditos Hipotecarios de una Persona Fallecida a pesar del difícil trance que se vive cuando un familiar fallece, es indispensable.
Ya que para atender los diversos trámites que la ley exige, así como proyectos inconclusos o las deudas que no se liquidaron, se requiere conocer bien la situacióna actual, incluso por encima del dolor.
Para entender más sobre el caso de los créditos hipotecarios de una persona fallecida, hay que tomar en cuenta que las deudas no desaparecen pero tampoco se heredan.
¿Qué Sucede con los Créditos Hipotecarios de una Persona Fallecida? Todo esto depende del tipo de crédito que se haya contratado y con qué institución financiera.
Los créditos hipotecarios cuentan con un seguro de vida que cubre la deuda y libera a los beneficiarios de las obligaciones contraídas por el deudor.
Esto siempre que los pagos de las mensualidades se encuentren al corriente al momento del fallecimiento.
Lo primero que se debe realizar con créditos hipotecarios de una persona fallecida
- Es averiguar si el difunto dejó deudas pendientes a los sistemas bancarios o al estado.
- Para esto, se debe solicitar la partida de defunción del fallecido y comunicarse con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para cerciorarse sí existe alguna cuenta con un banco.
En el caso de los créditos hipotecarios de una persona fallecida
- La deuda se hereda y son los familiares quienes deban entonces asumir la responsabilidad de pago.
Pero para evitar los inconvenientes en tan complicadas situaciones:
- Tienes que conocer que la mayoría de los bancos y cajas municipales previniendo esta contingencia cuenta con los seguros desgravamen.
Estos son quienes eximen a los herederos de pagar el saldo del crédito hipotecario solicitado.
Este seguro es activado siempre y cuando el fallecido haya estado al día con cada uno de sus pagos, ya que en casos de atrasos en los pagos estos deben ser cancelados sin excusas.