¿Cómo se levanta una hipoteca?

Una vez finalizado el pago de tu crédito hipotecario o préstamo con garantía hipotecaria, debes proceder a elevar la respectiva...

Una vez finalizado el pago de tu crédito hipotecario o préstamo con garantía hipotecaria, debes proceder a elevar la respectiva hipoteca. Por ello, en el presente artículo te indico cómo se levanta una hipoteca.

¿Qué es el levantamiento de una hipoteca?

El levantamiento de una hipoteca es un acto cuyo objetivo es dejar sin efecto una hipoteca inscrita en los Registros Públicos.  De esta forma, al ocurrir dicho acto, el bien hasta entonces hipotecado, deja legalmente de actuar como el garante del compromiso de pago de una deuda.

Son variados los motivos que conducen al levantamiento de una hipoteca, siendo los tres más comunes los siguientes:

  • El cumplimiento total de la obligación de pago por parte del deudor,  en los términos acordados.
  • La cobertura de un siniestro mediante un seguro de desgravamen.
  • La caducidad de la misma.

¿Cómo se levanta una hipoteca?

Los pasos que debes seguir para levantar una hipoteca son los siguientes:

  1. Gestiona ante el acreedor una minuta donde el mismo deje constancia de levantar la hipoteca.
  2. Solicita el servicio de un notario público, y pídele que extienda una escritura pública de levantamiento de hipoteca. 
  3. Dirígete a una oficina de Registros Públicos con los dos documentos anteriores, y tramita los derechos para levantar la hipoteca.

Ten presente que el parte notarial de la escritura pública de la derogación de la hipoteca debe ser gestionada a través de una notaría, o de una persona autorizada por notario.

Si ha transcurrido más de 10 años desde la fecha de vencimiento del plazo del crédito garantizado, entonces puedes proceder a levantar dicha hipoteca por caducidad. En tal caso, conforme a la Ley N° 26639 debes presentar.

  • Solicitud de inscripción de título de la Sunarp, firmada por ti.
  • Declaración jurada con firma certificada por notario o por el fedatario de la oficina registral en la que se data el asiento de presentación que originó la inscripción de la hipoteca, así como el tiempo acontecido desde entonces.
  • Pago de los respectivos derechos registrales.

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